jueves, 19 de noviembre de 2015

DERECHO POSITIVO Y DERECHO VIGENTE.


El Derecho positivo se encuentra formado por las normas jurídicas cuando éstas son generadas con los procedimientos determinados por la autoridad competente, en un momento y lugar histórico determinados, en el caso de nuestro país por el Poder Legislativo. Es decir, para que una normatividad sea considerada como Derecho positivo, forzosamente debe ser creada por el órgano encargado de legislar.

El Derecho vigente rige en un determinado momentos histórico, es decir, el Derecho que rige en el tiempo presente es vigente. La autoridad tiene la facultad de derogar o abrogar y con ello retirarle su vigencia y convertirlo en un Derecho no vigente. Podemos decir, entonces, que todo derecho vigente es positivo pero no todo el Derecho positivo es vigente.



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